Transparencia y control

Defensor/Defensora del Pueblo (en adelante, “el Defensor del Pueblo“)

En KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. existe un Defensor del Pueblo independiente que está a disposición para todas las quejas externas e internas y puede ser contactado confidencialmente en cualquier momento.

De esa manera, todas las personas interesadas o que participan en la labor de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. tienen la posibilidad de dirigirse de forma protegida a una persona y denunciar omisiones o violaciones en cuanto a la labor de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e. V. y de sus responsables.

El Defensor del Pueblo actual de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. es el Dr. Martin Bröckelmann-Simon.

Se puede contactar con él por correo electrónico en ombudsperson@kolping.net o directamente a través de WhatsApp en este enlace.

Solo el Defensor del Pueblo tiene acceso a esta dirección y al canal de WhatsApp, de modo que las quejas pueden remitirse al Defensor del Pueblo sin que se enteren el Directorio ni los empleados de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V.

El Defensor del Pueblo es electo por un período de tres años por la Asamblea de Miembros.

Su modalidad de trabajo está establecida con más detalle en un reglamento interno (que se puede descargar abajo):

“El Defensor del Pueblo es la persona de contacto para las quejas internas y externas. El Defensor del Pueblo puede ser notificado de incidentes que den lugar a la sospecha de infracciones penales o violaciones de la legislación laboral por parte de miembros y empleados de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V., así como de sus donantes, contratantes u otras partes interesadas. En particular, investiga indicios y denuncias que sugieran la sospecha de corrupción, delitos contra la propiedad o contra el patrimonio.

Para todos los casos relacionados con abusos sexuales a menores y protegidos, el Defensor del Pueblo remitirá las referencias oportunas al/a los Responsable/s de Safeguarding de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V.

En el espíritu de las directrices del Instituto Central Alemán de Asuntos Sociales (DZI), la tarea central del Defensor del Pueblo es recibir información y quejas sin perjudicar a los demandantes.“

Sin embargo, el Defensor del Pueblo sólo se ocupa de los casos que afectan directamente a las relaciones de cooperación de KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. y sus copartes. Esto no incluye actividades de organizaciones de todo el mundo con las que KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. no mantiene ninguna relación de cooperación financiera.

Además, el Defensor del Pueblo no es una oficina de quejas en caso de conflictos dentro de los niveles nacionales de asociación (Familias Kolping, asociaciones Kolping diocesanas o nacionales) o dentro de organizaciones que no cooperan con KOLPING INTERNATIONAL Cooperation e.V. Dependiendo de los estatutos, los responsables son los comités regionales o nacionales. Si tienen alguna pregunta, diríjnase al Comité Ejecutivo Internacional: info@kolping.net.